ES LEY: La conquistamos con la fuerza y contundencia de los planes de lucha

agosto 22, 2025.

Ayer (jueves 21) el Senado de la Nación sancionó la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria. El Presidente de la Nación, como lo adelantó en cadena nacional del 8 de agosto pasado, la VETARÁ.

Frente a esa acción es muy importante la continuidad del plan de acción gremial para resistir y bloquear ese veto y defender la Ley conquistada.

Para eso es fundamental que la conozcas. Te invitamos a que recorras una síntesis con las 6 claves que contiene la Ley.

Las 6 claves de la Ley de Financiamiento para las Universidades Nacionales.

1) RECOMPOSICIÓN SALARIAL: Recompone los salarios docentes y nodocentes de las universidades nacionales, garantizando la recuperación del poder adquisitivo, tomando como base la variación acumulada de la inflación informada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) desde el 1 de diciembre de 2023 hasta la sanción de la presente ley y comparándola con el porcentaje de incremento salarial del mismo período. Significaría, aproximadamente, un 44% de aumento de sueldos docentes y nodocentes.

2) PARITARIAS: Ejecutado el punto anterior, obliga al Poder Ejecutivo Nacional convocar a paritarias a las representaciones sindicales docente y nodocente del sector universitario con una periodicidad que no podrá exceder los tres meses calendario, asegurando una actualización mensual no inferior a la inflación publicada por el INDEC.

3) GASTOS DE FUNCIONAMIENTO: Anualmente garantiza y actualiza los montos para gastos de funcionamiento de las Universidades públicas de acuerdo a la variación del IPC (Índice de precios al consumidor).

4) FONDO PARA CARRERAS ESTRATÉGICAS: Crea un fondo anual de $ 10.000.000.000 (diez mil millones de pesos) actualizable anualmente por la variación del IPC informado por el INDEC, con el fin de generar y/o incrementar carreras con vacancia que se definan fundamentales para el desarrollo del país.

5) BECAS UNIVERSITARIAS: Amplía anual y progresivamente el monto y el número de personas beneficiarias de las becas estudiantiles para las instituciones universitarias públicas.

6) PARTICIPACIÓN EN EL PBI: El presupuesto destinado a la educación universitaria se incrementará progresivamente, desde el 2026 al 2031, hasta alcanzar como mínimo y en el plazo establecido, una participación del 1,5 % del Producto Bruto Interno (PBI) presupuestado en cada año. Actualmente la participación es del 0,50% del PBI.

ADUNS en CONADU HISTÓRICA
Bahía Blanca, 22 de agosto de 2025